1.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

A continuación se indican los términos que regulan el acceso y uso del portal www.uniqueviajes.com (en adelante Unique Viajes), propiedad de A.A.G. Viajes a Medida S.L., CICMA2530, CIF B87512216, domicilio en la Ronda de Segovia nº39, Madrid, España, con teléfono 91 176 10 62 y correo electrónico clientes@uniqueviajes.com.

De otra parte, el Usuario que accede a esta página para informarse y contratar servicios ofertados, acepta expresamente la adhesión plena y sin reservas a todas las Condiciones Generales establecidas en este archivo por UNIQUE VIAJES, en la versión vigente en el mismo momento que el Usuario hace uso de este portal, especialmente las establecidas sobre la limitación de responsabilidad, así como todas aquellas condiciones particulares recogidas para la utilización de determinados servicios. La Condiciones Generales deben ser atentamente leídas por el Usuario en el momento de acceder al portal, ya que las mismas pueden haber sido modificadas desde su última visita al mismo. En caso de no aceptar las presentes Condiciones Generales, deberá abstenerse de acceder y/o utilizar los servicios ofrecidos por UNIQUE VIAJES.

El Usuario declara que es mayor de edad y tiene la capacidad legar para adquirir los servicios ofrecidos por UNIQUE VIAJES. En caso de que se realice contratación alguna a través del portal por parte de un menor de edad, UNIQUE VIAJES no será responsable en ningún caso, debiendo asumir los hechos el propio menor, padres o tutores los gastos que conlleven dicha acción del menor. UNIQUE VIAJES informa que existen programas informáticos que permiten realizar filtros de acceso de contenidos y servicios, mediante los cuales los padres o titulares pueden definir a qué contenidos puede tener acceso el menor.

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de los Consumidores y Usuarios de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación demás disposiciones vigentes.

En seguimiento con la Ley 34/2002, del 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, A.A.G. Viajes a Medida S.L. expone que ha procedido a cumplir con su deber de cumplir con el debe de información general de los términos que establece esta normativa, al efecto de permitir, tanto a los destinatarios del servicio como a los órganos competentes, el acceso de forma permanente, fácil, directa y gratuita a la siguiente información:
A.A.G. Viajes a Media S.L.
Ronda de Segovia 39 C.P.28005 Madrid
www.uniqueviajes.com
Teléfono: 91 1761062
La actividad de la empresa está sujeta a un régimen de autorización administrativa previa, teniendo como CICMA2530 y número de CIF B87512216.
A través del presente aviso legal y del contenido de su página web, A.A.G. Viajes a Medida S.L., asume el fiel cumplimiento de lo establecido en el Art.10 de la Ley 34/2002 de 11 de Julio.

2.- OBJETO DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS

El presente portal web está dirigido al Usuario final, sólo podrá utilizarse con el fin de acceder a información y para el acceso y utilización de diversos servicios, puestos a disposición por la propia sociedad y/o por terceros proveedores de servicios y contenidos. No serán permitidos otros fines sin el consentimiento expreso por parte del titular de UNIQUE VIAJES.

Las presentes Condiciones Generales, regulan el uso genérico del portal. El Usuario debe saber que la contratación de los servicios está regida por las condiciones contractuales específicas, según la legislación en vigor sobre la materia, que sean acordadas por los Usuarios con el proveedor de los mismos y la Agencia de Viajes. El Usuario tendrá la posibilidad de visualizar dichas condiciones y deberá aceptarlas expresamente antes de finalizar su reserva.

La realización por el Usuario de reservas o compras de productos o servicios de aquellos proveedores que el Usuario elija, quedará sujeta a los términos y condiciones específicos que tales proveedores establezcan para cada caso.

3.- RESPONSABILIDAD DEL TITULAR, LOS PROVEEDORES  LOS USUARIOS

La elaboración y actualización de la información sobre ofertas, productos o servicios, precios, rutas, distancias, características y cualesquiera otros datos e informaciones relevantes acerca de los productos y servicios ofrecidos a través de UNIQUE VIAJES, corresponde a los respectivos Proveedores de productos o servicios.

En todo caso, los proveedores de productos o servicios, serán responsables frente al Usuario del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa en vigor y de los términos y condiciones de venta de cada uno de los productos y servicios que se contrate, sin que UNIQUE VIAJES asuma responsabilidad alguna respecto a aquellos servicios que no preste directamente.

UNIQUE VIAJES no será responsable, ni directa ni subsidiariamente de:

  • La velocidad de acceso y continuo correcto funcionamiento del Portal.
  • El contenido introducido en el Portal por el Usuario o terceras personas.
  • Los desperfectos provocados en el equipo del Usuario producidos por la incorrecta utilización del Portal.
  • Si se derivan deficiencias en parte o totalidad las reservas o confirmaciones en los servicios contratados por causas de fuerza mayor, por causas que no tengan la condición de previsibles o solucionables por parte de UNIQUE VIAJES, el cliente renuncia a interponer cualquier tipo de reclamación, a menos que se constatase la falta de diligencia profesional propia de UNIQUE VIAJES.

El Usuario será responsable de toda actividad ilícita, contra los derechos, nociva y/o perjudicial.

4.- MODIFICACIONES

Los términos y condiciones aplicables al uso del portal www.uniqueviajes.com podrán ser modificados, limitados o cancelados, siempre y cuando los Usuarios que hayan realizado reservas y se vean afectados por dichas modificaciones, sean avisados con una antelación mínima de 15 días, mediante notificación de carácter previo.

5.- CONDICIONES DE ACCESO Y UTILIZACIÓN DEL PORTAL

Para poder acceder a www.uniqueviajes.com, el Usuario deberá hacer uso de un navegador de Internet Explorer bajo el entorno de Windows. UNIQUE VIAJES no se responsabiliza de los resultados obtenidos de cualquier otro navegador o sistema operativo distinto. Para poder acceder a Internet Explorer deberá contratar un acceso a la Red Internet, corriendo a cuenta del Usuario cualquier cargo derivado de dicha conexión. Si el acceso a determinados contenidos del portal implicara la necesidad de descarga de determinados programas u otros elementos lógicos, dicha instalación correrá por cargo del Usuario, declinando cualquier tipo de responsabilidad a UNIQUE VIAJES.

La información contenida en el Portal es ofrecida para conveniencia de los Usuarios, si en algún caso pudiera contener imprecisiones o erratas, UNIQUE VIAJES no garantiza la exactitud y fiabilidad de la información contenida en la web.

Todos los contenidos mostrados en este Portal (incluyendo texto, imagen, marcas de diseños, software…etc), es propiedad de UNIQUE VIAJES y no podrán ser en ningún caso copiados, reproducidos, transmitidos o distribuidos de cualquier manera por terceros, ya que es para uso exclusivo privado y particular. Sólo podrán darse estos casos tras aceptación expresa por parte de UNIQUE VIAJES.

Cualquier persona que proponga incorporar un enlace de cualquiera de las páginas web contenidas en este portal, a otro portal, primero deberán ser aprobadas expresamente y por escrito por parte de UNIQUE VIAJES. En cualquier caso, dichas páginas deberán respetar la imagen corporativa y el logotipo de UNIQUE VIAJES, no pudiendo realizar modificaciones sobre ellas.

El Usuario que acceda al Portal, asegura que realizará uso de los contenidos y servicios, conforme con la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público. Estará obligado a usar el Portal de forma diligente, correcta y lícita, absteniéndose de: transformar o modificar los contenidos, a menos que cuente con la autorización del titular de dichos derechos; suprimir o manipular identificaciones de derechos de los titulares como el "copyright" y los dispositivos técnicos de protección; utilizar los espacios abiertos a opiniones de clientes para introducir mensajes con contenidos ilegales, ilícitos, difamatorios o contrarios a los derechos de terceros. En el caso de que algún Usuario incumpla estas condiciones, UNIQUE VIAJES tendrá el derecho para denegar o retirar el acceso a su Portal.

Las contraseñas obtenidas por los Usuarios, para el uso de servicios o contenidos del Portal, proporcionadas por el titular del Portal, deberán custodiarse y mantenerse en secreto por parte de los Usuarios. Cualquier consecuencia por uso inapropiado o fraudulento de las mismas por parte del Usuario, que provoque consecuencias o perjuicios económicos serán asumidos por el propio Usuario.

UNIQUE VIAJES no controla ni garantiza la ausencia de virus ni de otros elementos que puedan producir alteraciones en el sistema o documentos informáticos del Usuario.

En referencia a la publicidad proporcionada por UNIQUE VIAJES, el Portal se compromete a no enviar cadenas de mensajes electrónicos y en el caso de envíos publicitarios serán remitidos con la palabra "publicidad" para no inducir a error.

6.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Todo el contenido de este portal está protegido por las leyes de Propiedad Intelectual e Industrial. Se considerará contenido del portal todos aquellos textos, imágenes, gráficos, logotipos, marcas, eslogans, uso de colores, estructura, información, presentación y formatos presentes en www.uniqueviajes.com. Queda prohibida cualquier tipo de reproducción, transformación y comunicación de cualquiera de sus contenidos independientemente de su finalidad, salvo para uso personal y privado del Usuario.

También será considerado contenido del Portal, todos los comentarios o textos cedidos por Usuarios para su publicación en el mismo, exento de derechos de autor, adquiriendo las mismas obligaciones que cualquiera de los contenidos propuestos por el titular.

7.- VUELOS

La ley que establece las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es el Reglamento n°261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo. A continuación indicaremos algunos puntos comprendidos en dicho Reglamento.

Será de obligada aceptación por parte del Usuario las siguientes limitaciones de responsabilidad, para que se proceda a la emisión de los billetes aéreos.

Cargos de gestión y emisión:

Por la compra de billetes aéreos UNIQUE VIAJES cobrará unos gastos de gestión, el importe será de 20€ para vuelos a destinos nacionales, 25€ para vuelos a destinos europeos y 30€ para el resto de destinos, por reserva y pasajero, independientemente de las fechas del mismo. Estos gastos de gestión nunca serán reembolsables, incluso por cancelación por causas de fuerza mayor, salvo que el Usuario hubiese contratado un seguro para tal efecto en el momento de la compra. En caso de solicitarse cambios o modificaciones por parte del Usuario, tendrá un coste de 20€, adicionalmente a los que la compañía aérea pudiera establecer. En caso de solicitarse cancelaciones por parte del Usuario, tendrá un coste de 20€, adicionalmente a los que la compañía aérea pudiera establecer.

Tarifa "turista con restricciones":

Siempre que el Usuario realice una compra de una tarifa "turista con restricciones", quedará implícito que dicha tarifa no permite ningún tipo de cambio ni cancelación, salvo indicación expresa. Esto implicará que el billete en ningún caso podrá ser utilizado de manera distinta de para lo que fue contratado, incluyendo el caso de tratar utilizar la vuelta de un vuelo, sin haber utilizado con anterioridad la ida, cuando fue contratado como billete de ida y vuelta.

Esta tarifa hace referencia a los precios más económicos de cada trayecto, para disfrutar de algunas ventajas respectos a cambios y cancelaciones deberá reservar vuelos como mínimo de clase "económica". Los billetes menos restrictivos son los pertenecientes a la clase "business".

Si desea conocer las condiciones específicas de una tarifa consulte a nuestros agentes.

Reservas:

UNIQUE VIAJES informa que algunas compañías aéreas no actualizan la disponibilidad en un tiempo real. Al no depender del sistema propio de UNIQUE VIAJES no será responsabilidad suya cualquier incidencia provocada por esta causa, no pudiéndonos hacer cargo de estos errores. Si nos haremos cargo de ofrecer una alternativa disponible, lo más ajustada posible a la solicitud inicial.

Denegación de embarque:

Cuando un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo prevea que tendrá que denegar el embarque en un vuelo, deberá, en primer lugar, pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios, en las condiciones que acuerden el pasajero interesado y el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo. Los voluntarios recibirán asistencia.

En caso de que el número de voluntarios no sea suficiente para que los restantes pasajeros con reservas puedan ser embarcados en dicho vuelo, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo podrá denegar el embarque a los pasajeros contra la voluntad de éstos.

En caso de que deniegue el embarque a los pasajeros contra la voluntad de éstos, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo deberá compensarles inmediatamente y prestarles asistencia.

La denegación de embarque puede estar debida a causas de overbooking o sobreventa de billetes.

Cancelación de vuelos:

En el caso de que el vuelo sea cancelado el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo ofrecerá dos opciones:

  • Devolución del importe íntegro del billete comprado correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y cuando proceda proporcionará un vuelo al punto de partida.
  • Conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible o en las fechas que se convenga con el pasajero.

El transportista estará obligado a proporcionar asistencia a los pasajeros afectados que vayan a tomar un transporte alternativo cuando la salida prevista del vuelo sea como mínimo al día siguiente de la salida programada, ofreciéndoles alojamiento y transporte entre el alojamiento y el aeropuerto.

Los pasajeros afectados tendrán derecho a una compensación por parte del transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo entre 250€ y 600€ según la distancia de vuelo, siendo estas compensaciones reducibles al 50% en el caso de que el transportista ofrezca un transporte alternativo y la llegada a destino no tenga una diferencia superior a 2-4 horas según distancia de vuelo. Esta medida no será aplicable siempre y cuando el viajero hubiese sido avisado con dos semanas de antelación a la hora de vuelo prevista, cuando hubiese sido avisado entre dos semanas y siete días de antelación a la hora de vuelo prevista y se les ofrezca un transporte alternativo con el que llegarán con menos de cuatro horas de retraso o cuando hubiese sido avisado con menos de siete días de antelación a la hora de vuelo prevista y se les ofrezca otro vuelo con el que llegarían con menos de dos horas de retraso previstas.

En todo momento la compañía aérea informará de cuáles son los posibles transportes alternativos.


Un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una compensación si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

La carga de la prueba de haber informado al pasajero de la cancelación del vuelo, así como del momento en que se le ha informado, corresponderá al transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo.

Retrasos de vuelos:

Si un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo prevé el retraso de un vuelo con respecto a la hora de salida prevista de 2 horas (vuelos hasta 1500km), 3 horas (vuelos entre 1500-3500km) o 4 horas (vuelos de más de 3500km), el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo ofrecerá a los pasajeros:

  • Comida y refrescos en función del tiempo de espera.
  • 2 llamadas de teléfono y servicio de correo electrónico.
  • Alojamiento en un hotel y transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto en caso de ser necesario pernoctar hasta la salida del vuelo.
  • Elegirá entre: devolución del importe íntegro del billete comprado correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y cuando proceda proporcionará un vuelo al punto de partida o conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible o en las fechas que se convenga con el pasajero. Sólo para retrasos de más de cinco horas.

Conexiones perdidas:

El pasajero tiene la obligación de llegar al aeropuerto con la anticipación suficiente como para realizar con tiempo todos los trámites previos al vuelo. En caso de vuelos con conexión, el viajero debe saber que existen una serie de tiempos mínimos de conexión que se deben respetar, a la hora de comprar un billete con conexiones deberá verificar que estos tiempos mínimos se cumplen. Si los cumple y a pesar de ello debido a algún incidente pierde su vuelo de conexión, la compañía aérea que provoca el incidente se hará responsable de embarcarle en el primer vuelo disponible, a no ser que el pasajero posea algún tipo de billete con restricciones. Cuando lo que se efectúa son conexiones con aviones de una misma aerolínea y se pierden por culpa de la compañía, la empresa se hará responsable en todos los casos. Las tarifas económicas son muy restrictivas, en dicho caso la resolución por parte de la compañía aérea no es prioritaria.

Robo o pérdida de equipajes:

Si a la llegada a su destino el equipaje llega dañado o no llega, se deberá interponer en el propio aeropuerto una denuncia frente a la compañía aérea con la que se opera dicho vuelo. La compañía será responsable de rembolsar el importe de la maleta dañada o sustituir por una nueva, en caso de desperfectos. En caso de extravío la compañía será responsable de abonar los gastos extras provocados por el extravío para compras de primera necesidad, la cantidad diaria será estipulada por cada compañía.

En el caso de que en el equipaje se transporten objetos de valor, deberá realizarse un seguro adicional con la consiguiente declaración de objetos a cubrir por el seguro.

Seguros:

Los billetes de avión incluyen un seguro mínimo obligatorio de Responsabilidad Civil. Siempre es recomendable contratar un seguro complementario para cubrir otro tipo de incidencias producidas durante el transporte. Dichos seguros serán ofrecidos en el proceso de compra, siendo recomendables pero de libre contratación. Estos seguros incluyen cláusulas como robo o extravío de objetos de valor, cancelación de viaje, ingreso hospitalario, repatriación forzosa… durante el proceso de compra consulte las cláusulas del mismo.

Visados, vacunaciones y otros documentos:

El responsable único de la tramitación de Visado u obtención de otros documentos necesarios para poder realizar el viaje es el propio pasajero. Antes de viajar deberán revisar que su documentación está en regla y cumple todos los requisitos de los países a los que viaja y los posibles países en los que se realicen escalas. Recomendamos consultar con las embajadas de cada país los requisitos de entrada del mismo, ya que en muchos casos está condicionada por la propia nacionalidad del pasajero. Recomendamos consultar con el Centro de Vacunación Internacional, las vacunaciones o medicaciones obligatorias o recomendadas de los destinos a los que se dirigen, así como para obtener la cartilla de vacunaciones.

Si desea obtener información de dónde remitirse para la obtención de estos requisitos, consulte con nuestros agentes.

Requisitos especiales para pasajeros con destino EEUU:

A partir del 26 de Octubre de 2004, todo pasajero que desee viajar a Estados Unidos, podrá acceder al país sólo si dispone de un pasaporte de lectura mecánica.

El pasaporte de lectura mecánica cuenta con una página en la que se hacen constar los datos codificados de acuerdo con la normativa internacional. El tamaño, la fotografía y disposición de los datos del mismo deben cumplir las normas de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI).

Antes de salir de viaje a los EEUU compruebe que su visado es de lectura mecánica. Para reconocerlo podrá hacerlo si observa que la fotografía del mismo es digital. Si tiene dudas consulte con su oficina de pasaportes de su lugar de residencia o su Consulado si reside en el extranjero. Si su pasaporte no es de lectura mecánica no podrá viajar a los Estados Unidos, deberá solicitar expedir uno nuevo.

Normativa sobre equipaje facturado:

Debido a la política particular de cada compañía aérea, no existe una regla general para el número de piezas o kilos incluidos en la tarifa aérea permitidos para facturar gratuitamente o extraordinariamente.

Cada compañía podrá aplicar su propia política en número de piezas y kilos incluidos en cada tipo de tarifa e incluso según el destino de vuelo. UNIQUE VIAJES no se hace responsable de las particularidades aplicadas en cada caso, por lo que para tener una completa información deberán remitirse a la propia compañía.

Normativa sobre equipaje de mano:

Sólo se podrán transportar líquidos en envases individuales con capacidad no superior a 100 mililitros. Estos envases deberán ser transportados en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura y cierre y con una capacidad no superior a un litro. La medida afecta a cremas, geles, pastas dentífricas, lociones, bebidas, jarabes, perfumes y otros artículos de consistencia similar. Los pasajeros deberán presentar esa bolsa en los controles de seguridad de los aeropuertos.

Estará permitido llevar en el equipaje de mano medicamentos y líquidos por necesidad de dietas especiales o comidas infantiles, siempre y cuando vayan a ser consumidos durante el vuelo, aunque deberán presentarse en el control de embarque para su inspección.

Una vez pasado el control de seguridad, podrán transportarse como equipaje de mano todos los líquidos que se adquieran en las áreas comerciales situadas en la zona de embarque. El transporte de líquidos en el equipaje facturado no está sometido a ninguna limitación, ya que los escáneres que vigilan esos bultos son más precisos que las máquinas de rayos X empleadas en el control de pasajeros y del equipaje de mano a la hora de detectar sustancias peligrosas. Si se realizan tránsitos en algún otro aeropuerto, las compras de líquidos, cremas o productos similares deberán ir en una bolsa sellada que contenga el comprobante de compra y que debe mantenerse cerrada hasta el destino final.

Los ordenadores portátiles y otros artículos electrónicos de gran tamaño se retirarán del equipaje de mano antes de pasar el control de seguridad y se inspeccionarán por separado.

Los pasajeros tendrán que quitarse las prendas de abrigo y chaquetas en los controles de seguridad para que sean examinados por las máquinas de rayos X. Las nuevas medidas son similares a las que, en la actualidad, se están aplicando en los vuelos con salida desde Reino Unido y en los vuelos con salida y destino Estados Unidos.

8.- ALOJAMIENTOS

A través de la bases de datos de alojamientos de UNIQUE VIAJES, le ofrecemos los mejores precios y servicios de una amplia variedad de destinos. Los proveedores de dichos alojamientos han aceptado participar como colaboradores de UNIQUE VIAJES mediante establecimiento de un contrato de intermediación.

Responsabilidad de los servicios:

En ningún caso UNIQUE VIAJES es responsable de los servicios y precios ofertados por los diferentes alojamientos mostrados en la web. Los precios finales en UNIQUE VIAJES son estipulados por los propietarios. Los servicios y trato ofrecido en el alojamiento será responsabilidad única del propietario.

La información ofrecida por UNIQUE VIAJES, comprende descripciones y fotografías que han sido proporcionadas por los propios proveedores. En caso de que alguna de las descripciones o imágenes no sea totalmente correctas, será responsabilidad del propietario del alojamiento, el cual ha dado su consentimiento para la publicación de su alojamiento bajo dichas características.

Reserva y pago:

Para la reserva de un alojamiento, se deberá realizar a través de www.uniqueviajes.com , nuestro teléfono o directamente en nuestra agencia física. Previo pago se proporcionará un bono con el que deberá presentarse en el alojamiento el día reservado. Dicho bono contendrá las especificaciones necesarias para poder acceder hasta el alojamiento.

El pago del alojamiento se realizará en los plazos establecidos e informados en el momento de la reserva, según las condiciones específicas de cada alojamiento. Este pago garantiza la reserva, pero de no presentarse el primer día podrá perder la reserva del resto de días reservados si los hubiere.

No presentación:

Si el día de reserva no se presentase el cliente, dado que para el establecimiento dicha habitación/casa ha sido reservada en exclusiva para el mismo y por lo tanto implica un gasto al propietario, no se considerará ningún tipo de devolución, siendo un 100% de gastos. En caso de que la reserva incluyera más de una noche de estancia, tras la no presentación de la primera noche por parte del cliente, se considerará que dicha reserva queda cancelada y no tendrá derecho a disfrutar del resto de noches de presentarse con posterioridad, salvo que por causa justificada diera aviso, siempre y cuando dicho alojamiento no hubiera sido reservado nuevamente a otro cliente.

Cancelaciones y modificaciones:

Recomendamos consultar a nuestros agentes las condiciones particulares de cada alojamiento, ya que cada uno de ellos podrá establecer libremente su política de cancelación y modificación.

Recomendamos contratar el Seguro de Cancelación, con el cual cubrirá hasta los límites establecidos por la aseguradora los gastos de cancelación cuando se tenga que anular su viaje por causas de fuerza mayor. Consulte las cláusulas y reserve dicho seguro durante el proceso de compra.

Para realizar modificaciones, podrán realizarse sin gastos en el caso de: cambio del titular de la reserva. Conllevarán gastos aquellas reservas que impliquen: reducción de número de habitaciones/personas, cambios de fecha de alojamiento (consultar gastos según tipo de reserva), cambio de alojamiento o reducción de estancia. En otro tipo de modificaciones consultar.

Cualquier ampliación en el número de días o número de personas será considerada como una nueva reserva.

Tarifas de ferias y eventos especiales:

Las tarifas publicadas, podrán ser modificadas a petición del propietario, a causa de ferias o eventos especiales en el destino o la zona. Estas modificaciones pueden ser solicitadas por el propietario tras la realización de alguna petición de reserva, no siendo responsable UNIQUE VIAJES del incremento de precio. El cliente podrá desistir de su reserva sin cargo, si dicho incremento causado por ferias o eventos, no fuera aceptado.

Las reservas coincidentes con fechas de ferias o eventos especiales, podrán verse afectadas por un cambio en la política de cancelaciones o modificaciones. El cliente será informado en el momento de la confirmación de la reserva de cuales son la nueva normativa a aplicar sobre la misma, estas serán de obligatoria aceptación en el caso de que el cliente desee formalizar la reserva.

9.- PROGRAMAS O CIRCUITOS

Reserva y pago:

Para la reserva de un programa o circuito, se deberá realizar a través de www.uniqueviajes.com , nuestro teléfono o directamente en nuestra agencia física. Previo pago se tramitará la programación del programa o circuito y se proporcionarán todas las informaciones necesarias para un correcto desarrollo del mismo. Finalizada la confirmación de los servicios se proporcionará toda la documentación del viaje necesaria para el cumplimiento de todos lo contratado.

El pago del programa o circuito se realizará tras la confirmación del mismo, siendo obligatorio el pago del 50% en el momento de la petición de reserva, el otro 50% será cobrado 45 días antes de la salida del programa/circuito, pudiendo excepcionalmente en algún caso verse modificados estos porcentajes por imposición del tipo de reserva, reconfirmar con nuestros agentes. Los pagos podrán realizarse tanto con tarjeta, pago por transferencia o pago en metálico (máximo 2499€ por persona, según establece la ley) en nuestras oficinas.

No presentación:

Si el día de salida no se presentase el cliente, dado que para los proveedores de servicios dicha plaza ha sido reservada en exclusiva para el mismo y por lo tanto implica un gasto al proveedor, no se considerará ningún tipo de devolución, siendo un 100% de gastos. En caso de que la reserva incluyera más de un día de programa, la no presentación a la salida del circuito, se considerará que dicha reserva queda cancelada en su totalidad y no tendrá derecho a disfrutar del resto del programa de presentarse con posterioridad, salvo que por causa justificada diera aviso, siempre y cuando hubiera alguna manera de poder dar continuidad a lo programado.

Cancelaciones y modificaciones:

El coste de cancelación dependerá del tipo de circuito o programa. Los billetes aéreos en ningún caso serán reembolsables y los servicios terrestres tendrán gastos según el destino, tipo de circuito y tiempo restante hasta la salida del programa. En todo caso para cancelaciones en menos de 15 días a la salida del viaje, tendrán un 100% de gastos de todos los servicios.

Recomendamos contratar el Seguro de Cancelación, con el cual cubrirá hasta los límites establecidos por la aseguradora los gastos de cancelación cuando se tenga que anular su viaje por causas de fuerza mayor. Consulte las cláusulas y reserve dicho seguro durante el proceso de compra.

Las modificaciones tendrán un coste según el tipo de circuito. Serán confirmados los importes por modificación a petición del cliente para el programa indicado.

Tarifas de ferias y eventos especiales:

Las tarifas publicadas, podrán ser modificadas, a causa de ferias o eventos especiales en el destino o la zona, no siendo responsable UNIQUE VIAJES del incremento de precio. El cliente podrá desistir de su reserva sin cargo, si dicho incremento causado por ferias o eventos, no fuera aceptado.

Las reservas coincidentes con fechas de ferias o eventos especiales, podrán verse afectadas por un cambio en la política de cancelaciones o modificaciones. El cliente será informado en el momento de la confirmación de la reserva de cuales son la nueva normativa a aplicar sobre la misma, estas serán de obligatoria aceptación en el caso de que el cliente desee formalizar la reserva.

Indicaciones sobre los circuitos:

Las propinas nunca estarán incluidas y quedarán a su criterio.

Los niños/bebés que viajen gratis o con descuentos, podrán no tener incluidas sus propinas. Los bebés podrán no disponer de asiento en los transportes.

Los responsables de los tours podrán solicitar a cualquier cliente que considere que sus actos o su conducta sean ofensivos o puedan molestar al resto de pasajeros, que abandonen el programa/circuitos, sin incurrir en responsabilidades para UNIQUE VIAJES.

Los tiempos de las excursiones previstas especificadas en los circuito/programas son orientativas.

Los proveedores de los tours se reservan el derecho a alterar itinerarios o cancelar visitas, por motivos de seguridad para los clientes u operativos.

Es responsabilidad del cliente presentarse en el lugar y hora indicada de sus citas durante el circuito a fin de poder desarrollarlo con normalidad. De incumplir esta norma UNIQUE VIAJES no se responsabilizara de la pérdida del total o parte del programa contratado, no teniendo derecho a su devolución.

Durante el proceso de reserva del programa/circuito será responsabilidad del cliente que los datos aportados para la creación del programa sean los correctos.

10.- CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJES COMBINADOS

Artículo 1. Ambito de aplicación.

  • 1. La presente Ley será de aplicación a la oferta, contratación y ejecución de las vacaciones, los circuitos y los viajes combinados definidos en el artículo siguiente.
  • 2. La facturación por separado de varios elementos de un mismo viaje combinado no exime al organizador o al detallista del cumplimiento de las obligaciones de la presente Ley.

Artículo 2. Definiciones.

A los efectos de la presente Ley se entenderá por:

  • 1. «Viaje combinado»: la combinación previa de, por lo menos, dos de los siguientes elementos, vendida u ofrecida en venta con arreglo a un precio global, cuando dicha prestación sobrepase las veinticuatro horas o incluya una noche de estancia: a) transporte, b) alojamiento, c) otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y que constituyan una parte significativa del viaje combinado.
  • 2. «Organizador»: la persona física o jurídica que organice de forma no ocasional viajes combinados y los venda u ofrezca en venta, directamente o por medio de un detallista.
  • 3. «Detallista»: la persona física o jurídica que venda u ofrezca en venta el viaje combinado propuesto por un organizador.
  • 4. «Contratante principal»: la persona física o jurídica que compre o se comprometa a comprar el viaje combinado.
  • 5. «Beneficiario»: la persona física en nombre de la cual el contratante principal se comprometa a comprar el viaje combinado.
  • 6. «Cesionario»: la persona física a la cual el contratante principal u otro beneficiario ceda el viaje combinado.
  • 7. «Consumidor o usuario»: cualquier persona en la que concurra la condición de contratante principal, beneficiario o cesionario.
  • 8. «Contrato»: el acuerdo que vincula al consumidor con el organizador o el detallista.

Artículo 3. Programa y oferta de viajes combinados.

  • 1. El detallista o, en su caso, el organizador deberá poner a disposición de los consumidores un programa o folleto informativo que contenga por escrito la correspondiente oferta sobre el viaje combinado y que deberá incluir una clara y precisa información sobre los siguientes extremos:
    • a) Destinos y medios de transporte, con mención de sus características y clase.
    • b) Duración, itinerario y calendario de viaje.
    • c) Relación de establecimientos de alojamiento, con indicación de su tipo, situación, categoría o nivel de comodidad y sus principales características, así como su homologación y clasificación turística en aquellos países en los que exista clasificación oficial.
    • d) El número de comidas que se vayan a servir.
    • e) La información de índole general sobre las condiciones aplicables a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea en materia de pasaportes y de visados, y las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia.
    • f) Precio del viaje combinado y precio estimado de las excursiones facultativas, el importe o el porcentaje del precio que deba pagarse en concepto de anticipo sobre el precio total y el calendario para el pago de la parte de precio no cubierta por el anticipo desembolsado, así como las condiciones de financiación que, en su caso, se oferten.
    • g) Si para la realización del viaje combinado se necesita un número mínimo de inscripciones y, en tal caso, la fecha límite de información al consumidor en caso de anulación.
    • h) Cláusulas aplicables a posibles responsabilidades, cancelaciones y demás condiciones del viaje.
    • i) Nombre y domicilio del organizador del viaje combinado así como, en su caso, de su representación legal en España.
    • j) Toda información adicional y adecuada sobre las características del viaje ofertado.
  • 2. La información contenida en el programa-oferta será vinculante para el organizador o el detallista del viaje combinado, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
    • a) Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el programa-oferta.
    • b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.

Artículo 4. Forma y contenido del contrato.

  • 1. El contrato de viaje combinado deberá formularse por escrito y contener entre sus cláusulas, en función de las características de la oferta de que se trate, referencia, al menos, a los siguientes elementos:
    • a) El destino o los destinos del viaje.
    • b) En caso de fraccionamiento de la estancia, los distintos períodos y sus fechas.
    • c) Los medios, características y categorías de los transportes que se vayan a utilizar.
    • d) Las fechas, horas y lugares de salida y de regreso.
    • e) En caso de que el viaje combinado incluya alojamiento, su situación, su categoría turística y sus principales características, así como su homologación y clasificación turística, en aquellos países en los que exista clasificación oficial, y el número de comidas que se sirvan.
    • f) Número mínimo de personas exigido, en su caso, para la realización del viaje combinado y, en tal supuesto, fecha límite de información al consumidor en caso de cancelación, que deberá efectuarse con una antelación mínima de diez días a la fecha prevista de iniciación del viaje.
    • g) El itinerario.
    • h) Las visitas, excursiones o demás servicios incluidos en el precio total convenido del viaje combinado.
    • i) El nombre y la dirección del organizador, del detallista y, si procede, del asegurador.
    • j) El precio del viaje combinado, así como una indicación de toda posible revisión del mismo, ajustado a lo previsto en el artículo 7 de esta Ley, y de los posibles derechos e impuestos correspondientes a los servicios contratados, cuando no estén incluidos en el precio del viaje combinado.

    • k) Modalidades de pago del precio y, en su caso, calendario y condiciones de financiación.
    • l) Toda solicitud especial que el consumidor haya transmitido al organizador o al detallista y que éste haya aceptado.
    • m) La obligación del consumidor de comunicar todo incumplimiento en la ejecución del contrato, por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia, al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate.
    • n) El plazo de prescripción de las acciones establecido en el artículo 13 de la presente Ley, en el que el consumidor podrá formular sus reclamaciones por la no ejecución o ejecución deficiente del contrato.
    • ñ) El plazo en que el consumidor podrá exigir la confirmación de sus reservas.
  • 2. El consumidor será informado, con anticipación a la celebración del contrato, del contenido de las cláusulas contractuales y recibirá una copia de aquél, una vez formalizado el mismo.
  • 3. La descripción del viaje combinado, comunicada por el detallista o, en su caso, por el organizador al consumidor, así como su precio y todas las demás condiciones aplicables al contrato deberán contener indicaciones que habrán de ser veraces y comprobables, en los términos del artículo 10 de la Ley 26/1984, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

Artículo 5. Cesión de la reserva.

  • 1. El contratante principal o el beneficiario podrán ceder gratuitamente su reserva en el viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo.
  • 2. La cesión deberá ser comunicada por escrito al detallista o, en su caso, al organizador con una antelación mínima de quince días a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato.
  • 3. La persona que ceda su reserva en el viaje combinado y el cesionario responderán solidariamente, ante el detallista o, en su caso, el organizador que sean parte del contrato, del pago del saldo del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado dicha cesión.

Artículo 6. Información sobre el viaje contratado.

Los detallistas o, en su caso, los organizadores de viajes combinados deberán facilitar, por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia y con el tiempo necesario antes del inicio del viaje, a los consumidores con los que hayan contratado, la siguiente información:

  • a) Los horarios y lugares de las escalas y los enlaces, así como la indicación de la categoría del lugar que deberá ocupar el viajero en el medio o medios de transportes que vayan a ser utilizados.
  • b) El nombre, dirección y número de teléfono de la representación del organizador o detallista en cada destino o, en su defecto, los de los organismos locales que puedan ayudar al consumidor en caso de dificultades. Cuando no existan dichas representaciones y organismos, el consumidor deberá poder disponer, en cualquier caso, de un número de teléfono de urgencia o de cualquier otra información que le permita ponerse en contacto con el organizador o detallista.
  • c) Para los viajes y estancias de menores en el extranjero, la información que permita establecer un contacto directo con éstos o los responsables de su estancia «in situ» durante el viaje.
  • d) Información, de acuerdo con la legislación vigente reguladora del seguro privado, sobre la suscripción facultativa de un contrato de seguro que cubra los gastos de cancelación por el consumidor, o de un contrato de asistencia que cubra los gastos de repatriación o traslado al lugar de origen, en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

Artículo 7. Revisión de precios.

  • 1. Los precios establecidos en el contrato no podrán ser revisados, salvo si éste establece de manera explícita la posibilidad de revisión, tanto al alza como a la baja, y, a tal fin, se definen las modalidades precisas de cálculo.
  • 2. La revisión sólo tendrá lugar para incorporar variaciones del precio de los transportes, incluido el coste del carburante, las tasas e impuestos relativos a determinados servicios y los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
  • 3. Será nula la revisión de precios al alza efectuada en los veinte días inmediatamente anteriores a la fecha de salida del viaje.

Artículo 8. Modificación del contrato.

  • 1. En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor.
  • 2. En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al detallista o, en su caso, al organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el apartado 1 de este artículo. En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

Artículo 9. Resolución del contrato o cancelación del viaje.

  • 1. En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en el apartado 2 del artículo anterior, o de que el organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no le sea imputable al consumidor, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo. En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad inferior, el organizador o el detallista deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato. Este mismo derecho corresponderá al consumidor que no obtuviese confirmación de la reserva en los términos estipulados en el contrato.
  • 2. En los anteriores supuestos, el organizador y el detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que en ningún supuesto podrá ser inferior al 5 por 100 del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por 100 si se produce entre los quince y tres días anteriores, y el 25 por 100 en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las cuarenta y ocho horas anteriores.
  • 3. No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:

    • a) Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el viaje combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al consumidor antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato.
    • b) Cuando la cancelación del viaje, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
  • 4. En todo momento el usuario o consumidor podrá desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado, pero deberá indemnizar al organizador o detallista en las cuantías que a continuación se indican, salvo que tal desistimiento tenga lugar por causa de fuerza mayor:

    • a) Abonará los gastos de gestión, los de anulación, si los hubiere, y una penalización consistente en el 5 por 100 del importe total del viaje, si el desistimiento se produce con más de diez y menos de quince días de antelación a la fecha del comienzo del viaje; el 15 por 100 entre los días tres y diez, y el 25 por 100 dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida.
      De no presentarse a la salida, el consumidor o usuario está obligado al pago del importe total del viaje, abonando, en su caso, las cantidades pendientes salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
    • b) En el caso de que el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales, etc., los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes.

Artículo 10. Consecuencias de la no prestación de servicios.

  • 1. En el caso de que, después de la salida del viaje, el organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a este último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el consumidor continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
  • 2. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
  • 3. En caso de reclamación, el detallista o, en su caso, el organizador deberá obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.

Artículo 11. Responsabilidad de los organizadores y detallistas.

  • 1. Los organizadores y los detallistas de viajes combinados responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los organizadores y detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. La responsabilidad será solidaria cuando concurran conjuntamente en el contrato diferentes organizadores o detallistas, cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos.
  • 2. Los organizadores y detallistas de viajes combinados responderán, asimismo, de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato.

    Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    • a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
    • b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
    • c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
    • d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o, en su caso, el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.

    En los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los apartados b), c) y d), el organizador y el detallista que sean parte en el contrato estarán obligados, no obstante, a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.

  • 3. El resarcimiento de los daños, que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, quedará limitado con arreglo a lo previsto en los convenios internacionales reguladores de dichas prestaciones.
  • 4. No podrán establecerse excepciones mediante cláusula contractual a lo previsto en los apartados 1 y 2 del presente artículo.

Artículo 12. Garantía de la responsabilidad contractual.

Los organizadores y detallistas de viajes combinados tendrán la obligación de constituir y mantener en permanente vigencia una fianza en los términos que determine la Administración turística competente, para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de un viaje combinado y, especialmente, del reembolso de los fondos depositados y el resarcimiento por los gastos de repatriación en el supuesto de insolvencia o quiebra.

La fianza quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones que deriven de:

  • a) Resolución firme en vía judicial de responsabilidades económicas de los organizadores y detallistas derivadas de la acción ejercitada por el consumidor o usuario final.
  • b) Laudo dictado por las Juntas arbitrales de consumo, previo sometimiento voluntario de las partes.
  • Caso de ejecutarse la fianza, deberá reponerse en el plazo de quince días, hasta cubrir nuevamente la totalidad inicial de la misma.

Artículo 13. Prescripción de acciones.

Prescribirán por el transcurso de dos años las acciones derivadas de los derechos reconocidos en la presente Ley.

Disposición adicional primera. Régimen sancionador.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley por parte de los organizadores o detallistas de viajes combinados será sancionado de conformidad con la legislación vigente, sin perjuicio de las restantes responsabilidades en que aquellos pudieran incurrir.

Disposición adicional segunda. Naturaleza del organizador y el detallista.

A los efectos de lo previsto en la presente Ley, el organizador y el detallista deberán tener la consideración de Agencia de Viajes de acuerdo con la normativa administrativa que se dicte al efecto.

Disposición transitoria única. Exclusión de aplicación de la Ley.

La presente Ley no será de aplicación a aquellos viajes combinados que se encuentren programados antes de su entrada en vigor y de los que se haya suministrado información al consumidor.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.